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autonomos

15
may

Emprender un negocio: ¿autónomo o sociedad?

¿Cual es la mejor forma jurídica al emprender un negocio propio?

Hoy en día muchas personas que intentan emprender un negocio propio, se plantean qué forma jurídica se adapta mejor a su actividad, tanto desde el punto de vista fiscal como económico y complejidad en los tramites. Con este breve articulo me gustaría transmitirte las ventajas e inconvenientes de ambos modelos.

Si eres joven, es decir, menor de 30 años (35 si eres mujer) hay unas bonificaciones muy interesantes en cuanto a la seguridad social para darte de alta como autónomo.

Ventajas de ser autónomo

  • Los trámites para ser autónomo son muy pocos, ya que únicamente debes darte de alta en Hacienda, con el  modelo 037 indicando qué actividad vas a realizar y cuáles son los impuestos que vas a tener que presentar trimestralmente. Una vez presentado este modelo en hacienda, que se puede hacer telemáticamente si tienes DNI electrónico, debes ir a la Tesorería de la Seguridad Social para darte de alta en autónomos.

Una cosa a tener en cuenta es que el alta en la seguridad social debe hacerse el mismo día en que inicias la actividad, es decir si vas a iniciar la actividad en junio, debes ir el 1 de junio, no puedes darte de alta por adelantado, cosa que si puedes hacer en hacienda.

También debes tener en cuenta que los autónomos pagamos el mes entero aunque te des de alta el día 5, por ejemplo.

  • Otra ventaja es el tiempo ya que desde el momento que te das de alta puedes comenzar a realizar la actividad.
  • No existe ninguna aportación inicial de capital.

Inconvenientes de ser autónomo

  • El principal inconveniente es la responsabilidad frente a terceros, ya que una persona física es aquella que asume el riesgo directamente y dirige la empresa, no existiendo diferencias entre el patrimonio social y el individual; por lo tanto, la responsabilidad frente a terceros es ilimitada. Además, si el empresario o empresaria están casados puede dar lugar a que sus actividades alcancen al otro cónyuge.

Desde el punto de vista fiscal es interesante esta figura, sobre todo al comienzo, ya que las personas físicas tributan por los beneficios de su actividad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En la medida que esos beneficios se disparen sería conveniente pensar en constituir una Sociedad ya que estas tributan al 15 % de sus beneficios, ya que podría estar tributando a tipos impositivos más elevados.

La otra opción sería constituir desde el principio una Sociedad Limitada, (es la forma más corriente)

Ventajas de la sociedad limitada

  • La responsabilidad frente a terceros se limita al capital aportado por cada socio.
  • Desde el punto de vista fiscal, esta opción actualmente es más ventajosa debido a las medidas favorables que ha instaurado el gobierno como apoyo a la creación de nuevas PYMES, ya que las sociedades que inicien su actividad a partir del 1 de enero de 2013 tributaran al 15% sus primeros 300.000€ de beneficio, y el resto al 20%

Inconvenientes de la sociedad limitada

  • Los trámites administrativos para constituir una sociedad se alargan en el tiempo ya que  las sociedades tienen que realizar los una serie de trámites y gestiones  para la adopción de la personalidad jurídica y su constitución como sociedad.
  • Las sociedades necesitan aportar un capital mínimo exigido por ley para constituirse, es este caso hablamos de 3.000,00 € como mínimo.